La cárcel se ha transformado en los últimos tiempos como ese lugar sobre el que muchos opinan pero que muy pocos conocen
A lo largo de la historia, la pena ha sabido adaptarse a los lugares donde materialmente se ejecutaba; no siempre esos lugares lo han hecho para con el tipo de pena impuestas a las personas que, allí se alojan.
Como sociedad hemos avanzado en la comprensión de que la aplicación de las penas, son solo temporales, afianzando la certeza de que quienes resultan condenados en el marco de alguna causa judicial, por compleja que esta sea, en algún momento quedarán libres, deberán practicar su reingreso a la vida en sociedad.
Hasta aquí, con sus claroscuros la cárcel ha cumplido a pesar de todo, con sus objetivos, aunque ciertamente, con sobradas muestras de ineficacia producto de una multiplicidad de factores que, por sus características e implicancias serán objeto de otra nota.
La irrupción de estructuras complejas del crimen organizado, local y transnacional, tensiona el concepto de eficiencia por cuanto propone nuevos desafíos desde el plano de la seguridad y tratamental. Los montos y expectativas de años de condena a estos actores revelan como insuficiente la gestión de la seguridad de los establecimientos carcelarios.
SEGURIDAD DINAMICA
La cárcel se estructura en dos áreas bien diferenciadas, una dedicada específicamente al abordaje interdisciplinario, es decir todo aquello que surja como necesario para el tratamiento de la persona condenada, en la búsqueda de la reinserción social y la otra con responsabilidad especifica en todo lo atinente a la seguridad Penitenciaria.
Ambas vertientes de la actividad Penitenciaria son esenciales en la función que la sociedad espera que este tipo de institución cumpla, sin embargo, la actividad de seguridad pura y dura, por años ha sido relegada a un discreto segundo plano, adquiriendo visos de dispositivo de actuación reactiva, es decir de intervención ex post de ocurrido un evento de connotaciones disruptivas desde el plano de la seguridad esquemática, tradicional, fija.
Los dispositivos carcelarios, solo anticipaban eventos a través de la intervención de áreas específicas con las que hoy no cuentan; no es el caso de analizar en esta oportunidad la función y finalidad del área de análisis de la información penitenciaria (como ya expusiéramos en https://www.infobae.com/opinion/2022/02/08/inteligencia-penitenciaria/), pero si, de advertir que sin esta herramienta, los establecimientos Penitenciarios han quedado inermes ante el accionar de grupos de internos que tratan y en ocasiones lo consiguen, de vulnerar la seguridad Penitenciaria.
No debería llamar la atención, entonces, que dentro de la celda de un interno que lidera una de las organizaciones criminales, con mayor despliegue territorial en una de las provincias más grandes de nuestro país, haya sido encontrado en al menos dos ocasiones, un teléfono fijo con línea de uso público, desde el cual, conforme a las pruebas judiciales adunadas en diferentes causas, se haya planificado, organizado y ordenado ejecutar diferentes actos delictivos, todos de magnitud, algunos de ellos con el triste saldo de personas muertas.
La seguridad Penitenciaria, es parte de la Seguridad Publica, pero, al quedar atrapada en los cánones tradicionales de la segunda mitad del siglo XX, no esta capacitada para reaccionar ante el dinamismo que los fenómenos criminales de la segunda década del SIGLO XXI, comienzan a imponerle a la realidad Penitenciaria.
Por lo tanto, la seguridad penitenciaria tradicional ha devenido en obsoleta en su formación y potencialmente ineficiente ante las adversidades que la realidad impone; sin ella es poco probable que la sociedad en su conjunto no sufra las consecuencias del accionar criminal que, torna la prisión en bunker y así, lamentablemente la evidencia empírica, lo viene acreditando.
INTERNOS 2.0 y LA ACUMULACION DE AÑOS DE CONDENA
Hasta aquí hemos intentado adentrarnos en un tema para nada sencillo ni conocido como lo es el de la seguridad penitenciaria.
Tras los muros de las cárceles, nada es como parece y todo está en continua transformación, tal y como sucede en la vida en libertad, pero aquí, paradojalmente, oculto de la mirada de la justicia y de sus auxiliares; estos, en ocasiones suelen incurrir en el tremendo error conceptual de considerar que una organización criminal queda neutralizada por la desarticulación de su estructura y el encarcelamiento de sus miembros, mucho más si entre ellos, se encuentran sus líderes. Nada más alejado de la realidad.
La tecnología, en siniestra confluencia con insfraestructura penitenciaria obsoleta o inadecuada, con carencia de elementos de seguridad activa, se ha transformando en el brazo que permite articular la vida intramuros con el más allá del perímetro carcelario.
Esta posibilidad ha sido (y aun continúa siéndolo), ampliamente aprovechada, primero por internos que comenzaron como si se tratara de una picardía juvenil, extorsionando (como se dice en la jerga tumbera) al voleo, mediante el llamado de teléfonos celulares a incautas personas que, caían presa de la trampa montada desde la oscuridad de una celda o desde la inconcebible luminosidad del sector donde se encuentran los teléfonos públicos de uso interno, desde el que, un preso, simulaba tener secuestrado a algún miembro de la familia con la que se comunicaba.
Esta “picardía delictiva”, se transformó en algo grave, cuando en el mes de febrero del año 2005, un SECUESTRO VIRTUAL, se convirtió en uno real resultando lamentablemente en la muerte del despachante de Aduanas Fernando Azulay (https://www.infobae.com/2007/07/10/325955-juicio-el-secuestro-virtual-que-termino-crimen/).
Estos hechos fueron moldeando la realidad interna de las cárceles a lo largo de los años y excepto temporadas de celo extremo en cuanto al monitoreo de actividades ilegales intramuros, todo sigue igual. O no tanto, podríamos afirmar sin temor a equivocarnos, que todo ha empeorado con el riesgo para la seguridad ciudadana, que esto trae aparejado.
Los efectos causados por crímenes aberrantes, de la percepción ciudadana de inseguridad, de reiteradas acciones ligadas a grupos organizados del delito, muchos de ellos relacionados directa o colateralmente al tráfico de sustancias ilegales, predominantemente cocaína o marihuana, de homicidios producto de acciones vinculadas al tráfico de drogas, la irrupción traumática de la figura del sicariato en nuestro país, conllevaron una reacción de carácter judicial, mensurable en la extensión de los años de condena y en los que una persona privada de la libertad puede estarlo efectivamente.
Las estadísticas dan cuenta que una condena de prisión perpetua, tenía un límite temporal máximo de 25 años; cierto es que, durante muchos años, los jueces aplicaban en casos extremos la figura accesoria del articulo 52 del código penal, donde el condenado podría eventualmente estar privado de la libertad más alla del límite temporal mencionado. Sin embargo hoy esto ha cambiado.
En algunas Unidades Penitenciarias comienzan a juntarse internos que se auto designan con la irónica frase de “NUNCA MAS”; ellos responden a la pregunta sobre su situación legal, como que están para nunca más (recuperar su libertad)
Esta figura designa a una persona sobre la que pesan más de veinticinco años de condena, por lo tanto, se considera a si mismo como alguien que muy difícilmente recuperara la libertad, al menos por las vías legales y reglamentarias.
En el último tiempo se han registrado casos donde a los condenados se les han impuesto hasta cincuenta años de prisión, penas que muchas veces deben unificarse con otras ya existentes, las que en ocasiones dan un número de años meramente simbólico atento a la imposibilidad de sobrevida del condenado para poder cumplirla.
Lo grave de la situación es el interrogante que se plantea producto de esta nueva realidad penitenciaria; ¿están preparadas las cárceles para contener este tipo de condenados?; cual es la finalidad de la pena para una persona que se sabe preso hasta el último de sus días? ¿Fue readecuado el concepto de tratamiento Penitenciario para este tipo de internos?
La respuesta que rápidamente se puede ensayar es no. Lamentablemente el ataque a la cárcel de piñero en la Provincia de Santa Fe, demuestra lo que hemos analizado a lo largo de esta nota, el esquema de seguridad es solo reactivo, de contingencia y adaptado únicamente para contener eventuales acciones de fuga o evasión de internos. El ataque a Unidades Carcelarias, en general no ha sido analizado como una hipótesis que permita generar un dispositivo preparado para repeler una acción de estas características. (https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2021/06/27/el-video-de-la-brutal-fuga-del-penal-de-pinero-en-santa-fe-ataque-con-ametralladora-un-muerto-y-cinco-evadidos/).
CONFLUENCIAS PELIGROSAS
Finalmente podemos concluir en que, sobre la realidad carcelaria, confluyen variables que rápidamente deben ser atendidas, a fin de desmontar un escenario futuro probable que se avizora como potencialmente dramático.
Estas variables son, penas de cumplimiento efectivo de 50 años de prisión, encarcelamiento de actores vinculados a organizaciones criminales nacionales y transnacionales, tecnología de fácil acceso por parte de estos internos (teléfonos móviles y dispositivos electrónicos desde los que se accede a plataformas de comunicación y redes sociales), carencia de análisis de la información en tiempo real y fusionada con otras agencias de seguridad, creciente número de eventos compatibles con corrupción de los efectivos penitenciarios, lo que demuestra un incierto funcionamiento del área de asuntos internos, estructura deficiente (establecimientos carcelarios antiquísimos, inadecuados e inseguros, muchos con más de cien años de antigüedad), falta de dispositivos de seguridad electrónica activa; déficit en la capacitación personal ante hipótesis de ataque externo a las Unidades Carcelarias.
Lamentablemente no son pocas.
ANEXO.
ATAQUES RECIENTES A ESTABLECMIENTOS O DISPOSITIVOS PENITENCIARIOS
31 de julio de 2018. Un grupo de brasileros integrantes de la facción criminal BALA NA CARA (subsidiaria del Primer Comando de la Capital – P.C.C.), intenta copar la cárcel de Obera, dependiente del Servicio Penitenciario de Misiones. La intención era liberar a dos miembros de dicha organización que estaban alojados en dicho establecimiento. El ataque fue frustrado y los atacantes fueron encarcelados.
8 de mayo 2019. Emboscada en la autopista Santa Fe – Rosario. Dos vehículos interceptan y comienzan a disparar un vehículo de transporte de detenidos del Servicio Penitenciario de Santa Fe. 9 de los 13 detenidos logran fugarse.
27 de junio de 2021. Ataque mediante disparo de armas de fuego a la guardia armada del Penal de Piñero (Santa Fe), logrando darse a la fuga 9 internos de elevado índice de riesgos. Uno de ellos condenado a más de treinta años de condena, recientemente recapturado.
23 de mayo de 2022. Ataque mediante el empleo de armas de fuego de la alcaidía en Rosario, donde se hallaba alojado el fundador del Clan Cantero (Máximo Ariel Cantero alias “el viejo”). Producto de dicho ataque fue rápidamente trasladado a otro establecimiento carcelario de la misma jurisdicción penitenciaría de Santa Fe.
CASOS DE INTERNOS CONDENADOS A MAS DE TREINTA AÑOS DE PRISION
BANDA DEL FAL:
Los cinco integrantes de la denominada “Banda del FAL” fueron condenados a prisión perpetua por el crimen a balazos de un empresario al que le robaron seis millones de pesos durante un asalto en 2017 en Florencio Varela, y por el robo meses después a un banco de Tigre del que se llevaron $750.000 en 30 segundos. El líder de la organización Maximiliano Peñaflor (a) “pachu”, participo en el secuestro extorsivo del padre del actor Pablo Echarri.
COPAMIENTO DE COMISARIA EN SAN JUSTO (BS.AS)
La justicia condeno a 50 años de prisión a cuatro de los integrantes de la banda que en 2018 intentó copar la comisaría de la localidad bonaerense de San Justo para liberar a un detenido, se tiroteó con cuatro policías y dejó parapléjica a una de las oficiales.
LA BANDA DE LINDOR:
Fue condenado a Prision Perpetua Esteban Lindor Alvarado, organizador de una estructura criminal con participación en distintos hechos delictivos, algunos ordenando dar muerte a personas en función de sus intereses, al menos en dos ocasiones, desde la cárcel donde se encuentra cumpliendo su pena. Registra causas en trámite. Junto con el, fueron condenados también a elevadas penas de prisión, parte de su estructura criminal.
BANDA LOS MONOS
Ariel Máximo Cantero, registra múltiples condenas las que suman mas de 100 (de los que mínimamente deberá cumplir 50) años de prisión. Cantero refiere dedicarse estando preso a contratar sicarios que disparen a los jueces. Fue condenado en al menos ocho causas.
Fuente: Infobae