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QUE PASA CON LAS PERSONAS QUE COMETEN UN CRIMEN Y SON DECLARADAS INIMPUTABLES

Le asestó una puñalada tras otra, casi sin parar. Quería sacarle el demonio de adentro. Corte tras corte, el corazón de este hombre fue dejando de latir. Así, las hermanas Vázquez asesinaron a su propio padre en un rito cruel y morboso. En otro escenario, Martín Ríos disparó a mansalva en pleno barrio porteño de Belgrano. Fueron 13 tiros. Y terminaron acabando con la vida de Alfredo Marcenac, uno de los peatones de la zona.

En ambos casos, la primera decisión de la Justicia fue declararlos inimputables. Tanto para la menor de las hermanas Vazquez como para el tirador de Belgrano, se consideró que no fueron capaces, al momento del crimen, de «comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones». Hoy, tras un nuevo juicio, la justicia volvió a considerar inimputable a Ríos.

Ríos estuvo hasta ahora internado en el pabellón neuropsiquiátrico que hay en el Complejo I de la cárcel de Ezeiza. Hoy su abogado, Angel Ramallo, señaló que considera que Ríos pasará el resto de su vida internado en un neuropsiquiátrico, ya que es peligroso para terceros. «En ningún momento buscamos que lo dejen en libertad», dijo. Y agregó: «La familia quiere que se quede donde está».

¿Qué sucede con estas personas que cometen crímenes pero no pueden ser condenadas por la Justicia por problemas de salud mental? Expertos consultados por LA NACION explicaron los mecanismos y falencias del sistema en la Argentina.

«En nuestro país, el Hospital Borda y el Moyano solían ser, hasta los años 40, instituciones con buena calidad de gestión para estos casos. Pero estos centros de tratamientos psiquiátricos en gente peligrosa para sí y para terceros tenían un alto costo de mantenimiento», explicó Martín Abarrategui, perito psiquiatra que fue parte en la causa de las «hermanas satánicas».

«Paulatinamente, estas instituciones se fueron desmantelando y la calidad comenzó a disminuir. La realidad es que para los casos que contempla el artículo 34 del Código Penal debería haber instituciones específicas», añadió el especialista.

Abarrategui sostuvo, sin embargo, que los psiquiátricos convencionales cuentan con las medidas de seguridad necesarias, siempre y cuando el paciente esté medicado. «Pero si de repente aparece un familiar y logra sacarlo y la persona declarada inimputable deja de tomar la medicación, vuelve a ser un peligro», dijo el psiquiatra.

En el caso de las hermanas Vázquez, que asesinaron de 120 puñaladas a su padre en un rito satánico, los peritos coincidieron en que la menor de las jóvenes sufría de esquizofrenia. Por ese motivo, fue declarada inimputable e internada en la Unidad 27 del Servicio Penitenciario Federal que funciona en el Hospital Neuropsiquiátrico Braulio Moyano, en el barrio porteño de Barracas.

Hoy, la joven, que ya tiene 32 años, está en libertad .

Abarrategui enfatizó que «la enfermedad no merece castigo».

«Devolver a la calle a una persona rehabilitada es un buen trabajo. Pero si es un psicópata, no se va a rehabilitar; debería aplicársele la condena más larga posible según el delito que haya cometido».

Seguimiento de los casos
Una vez que la persona es declarada inimputable siguiendo el artículo 34 del Código Penal, todo depende de cómo evolucione durante su tratamiento en la institución psiquiátrica a la que se lo haya derivado.

«Hay que sincerarse: en nuestro país las medidas de seguridad que se aplican no se controlan debidamente porque ese sistema estatal no ha sido creado específicamente, no existiendo un equipo operativo suficiente para su seguimiento», consideró Claudio Stampalija, abogado penalista y criminólogo. «Las personas declaradas inimputables y alojadas en un establecimiento neuropsiquiátrico se hallan abandonadas a su suerte, careciendo de un férreo control del magistrado a cargo de las mismas».

Stampalija explicó que el artículo 34 del Código Penal no prevé un tiempo determinado para las medidas de seguridad que se le aplican al declarado inimputable, lo cual implica que las mismas tienen una duración indeterminada. Por ese motivo, sostuvo que habría que «supervisar con cierta periodicidad la idoneidad» del ámbito y la del tratamiento. «Para ello los jueces deben realizar las visitas a quienes están internados a su disposición y también debe crearse un órgano de control especializado».

«Así se podría merituar seriamente la proporcionalidad de la medida impuesta y asegurarse que no es posible aplicar una medida menos gravosa», dijo.

Qué dice el Código Penal. El artículo 34 del CP en su artículo 1° establece que no es punible «el que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones. En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás. En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren peligroso.

Embaucados
Para Hugo Marietan, médico psiquiatra referente en psicópatas, los pabellones del Borda y el Moyano cuentan con el personal y los tratamientos necesarios para tratar con los criminales declarados inimputables. «El problema es que muchas veces los abogados tratan de hacer pasar a sus clientes por inimputables porque saben que eventualmente recuperarán la libertad», sostuvo el especialista.

«Lamentablemente fue lo que pasó con El tirador de Belgrano [Martín Ríos] y resultó ser un embaucador», dijo Marietan. Ríos fue declarado inimputable luego de descargar 13 disparos contra un grupo de personas que caminaban por Cabildo al 1700 el 6 de julio de 2006 y acabar con la vida de Alfredo Marcenac. En 2009, la Justicia anuló el fallo que lo había absuelto y ordenó que se realizara un nuevo juicio. Ese proceso culminó hoy con un nuevo fallo absolutorio. Los jueces volvieron a considerar que Ríos es inimputable.

«En España, por ejemplo, a los esquizofrénicos se les da una pena carcelaria común si cometen un crimen. En la Argentina habría que reconsiderarlo, debatirlo entre los psiquiatras. Ayudaría a evitar las artimañas de los abogados», opinó Marietan.

«En el caso de las hermanas Vázquez, deberían recibir un tratamiento de por vida tras ese crimen espantoso. Pero nuestro sistema judicial es muy garantista y contemplativo», señaló el psiquiatra.

Con la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, sancionada y promulgada a fines del año 2010, se creó el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA), que tiene «la finalidad de tratar a las mujeres y hombres alojados en establecimientos penitenciarios especializados en psiquiatría pertenecientes al Servicio Penitenciario Federal, como en otras unidades del mismo, a través de equipos multidisciplinarios».

Por Sol Amaya
Fuente: La Nación