Ley Nacional de Tránsito (Art.31): Además del estricto cumplimiento de las normas de esta ley, como vehículos dentro del tránsito que son, deberán guardar, entre otras razones, como requisito elemental de subsistencia dentro del peligroso tránsito argentino, las siguientes obligaciones: Art. 40 bis, incorporado por ley 25.965) Las bicicletas estarán...