bannerprevenir2

Un nuevo proyecto de Ley permitiría encarcelar a los piqueteros

La iniciativa fue incluida en los paquetes de reformas a incluir en el nuevo Código Penal.

Un nuevo proyecto de ley busca cerrar filas contra el avance piquetero cuyas marchas se recrudecieron en las últimas semanas. La iniciativa del Poder Ejecutivo busca reformar el Código Penal y puede castigar con hasta tres años de prisión a quien entorpezca el tránsito.

Según consignaron en el programa Terapia de Noticias, por LN +, el Gobierno también castigó a quien arroje proyectiles contra otra persona en una marcha. La pena fue en ese caso de hasta dos años de prisión. Si la víctima es un miembro de las fuerzas de seguridad, la pena será de tres años.

El anteproyecto plantea, entre otras cuestiones, elevar las penas del narcotráfico y, si bien la tenencia no se puede hacer si no se transciende del ámbito privado, quienes se dedican, cultivan o guardan las plantas que pueden pasar entre 4 a 15 años en prisión. Los que produzcan o vendan drogas, tendrían penas de 5 a 20 años.

Asimismo, las personas que reincidan no tienen libertad condicional y, si lo tienen, pueden cumplir penas de 35 a 40 años como mínimo. Otros cambios:

– Se castiga con penas de hasta 6 años la difusión de escuchas telefónicas legales y con 10 la realización de escuchas ilegales.

– Se incorporan los delitos de genocidio, de desaparición forzada, se mejora el castigo para el aseo personal (cyberacoso) con castigos de hasta 5 años al igual que el aumento de la escala penal para los abusos sexuales simples.

– Se castigan como delitos la clonación y creación de híbridos con fines de reproducción humana (delitos genéticos) y los delitos de acoso o mobbing laboral contra los trabajadores. Se castiga además como delito el trabajo esclavo y el trabajo infantil.

– Se castiga el tráfico de influencias de funcionarios y hay agravantes cuando en las comunidades participan presidentes, vicepresidentes, gobernadores, vicegobernadores, jefes de gobierno, intendentes, jueces, o legisladores nacionales, provinciales o locales. La pena llega a los 15 años en esos casos. Se incorpora el soborno entre particulares y el mar castigada además de la persona jurídica por ello.

– Se incorporarán las figuras de la asociación ilícita terrorista que se castiga con penas de 5 a 20 años, y se castiga con 15 años la proliferación de armas de destrucción masiva.

– Se castiga con penas de prisión.

Fuente: Perfil.com