¿Qué es el trabajo infantil?
Existen diferencias considerables entre las numerosas formas de trabajo realizadas por niños. Algunas son difíciles y exigentes, otras, más peligrosas e incluso reprobables desde el punto de vista ético. En el marco de su trabajo, los niños realizan una gama muy amplia de tareas y actividades. No todas las tareas realizadas por los niños deben clasificarse como trabajo infantil que se ha de eliminar. Por lo general, la participación de los niños o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarización se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboración en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar dinero de bolsillo. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los pequeños y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta.El término “trabajo infantil” suele definirse como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.
Así pues, se alude al trabajo que:
• es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño,
• interfiere con su escolarización puesto que,
• les priva de la posibilidad de asistir a clases,
• les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o
• les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo.
En las formas más extremas de trabajo infantil, los niños son sometidos a situaciones de esclavitud, separados de su familia, expuestos a graves peligros y enfermedades y/o abandonados a su suerte en la calle de grandes ciudades (con frecuencia a una edad muy temprana). Cuándo calificar o no de “trabajo infantil” a una actividad específica dependerá de la edad del niño o la niña, el tipo de trabajo en cuestión y la cantidad de horas que le dedica, las condiciones en que lo realiza, y los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector.
En nuestro país, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) definió al trabajo infantil como: “… toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas y niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo, o que no han finalizado la escolaridad obligatoria o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo peligroso.
”El trabajo infantil es una violación de los derechos humanos fundamentales, habiéndose comprobado que entorpece el desarrollo de los niños, y que potencialmente les produce daños físicos y psicológicos para toda la vida. Se ha demostrado que existe un fuerte vínculo entre la pobreza de los hogares y el trabajo infantil, y que éste perpetúa la pobreza durante generaciones, dejando a los hijos de los pobres fuera de la escuela y limitando sus posibilidades de ascender en la escala social. Este reducido capital humano ha sido relacionado con el bajo crecimiento económico y con el escaso desarrollo social. Un reciente estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha puesto de manifiesto que la erradicación del trabajo infantil en las economías en transición y en desarrollo puede generar beneficios económicos casi siete veces superiores a los costos, especialmente asociados con las inversiones en una mejor escolaridad y en unos mejores servicios sociales. Las normas de la OIT sobre el trabajo infantil son importantes instrumentos internacionales para luchar contra este problema.
Trabajo infantil, distribución por sector de actividad económica (5-17 años)

El sector de la agricultura comprende actividades de la agricultura, la caza, la silvicultura y la pesca. El sector industrial comprende la minería y extracción de piedras, la manufactura, la construcción y los servicios públicos (electricidad, gas y agua). El sector de los servicios incluye la venta al por mayor y al por menor; los restaurantes y hoteles; el transporte, el almacenamiento y las comunicaciones; las finanzas, los seguros, los bienes raíces y servicios comerciales, y los servicios comunales, sociales y personales.(Fuente: http://www.ilo.org/ipec/facts/lang–es/index.htm)
¿Qué organizaciones se ocupan de la erradicación del trabajo infantil en Argentina y en el mundo?
1. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) es una de las principales organizaciones que luchan contra esta problemática. Dentro de la ONU funciona la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en donde se estipuló la edad mínima (16 años) de admisión al empleo para proteger a los niños y adolescentes de toda forma de trabajo infantil.Además dentro de este sector de la ONU se desarrolló el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) cuya función principal es defender el derecho a no trabajar que tienen los niños.
2. Por su parte UNICEF Argentina tiene un Programa de Protección para la explotación Infantil que trabaja para colaborar ante esta problemática.
3. A nivel nacional y gubernamental funciona la Comisión Nacional para la Erradicación del trabajo Infantil (CONAETI), creada el 25 de Agosto de 2000, bajo la órbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.
4. A nivel provincial, existen diferentes ONG y organizaciones que luchan contra el trabajo infantil, como “Conciencia” (http://www.conciencia.org/wordpress/) y “Empresas x la Infancia” (http://www.empresasxlainfancia.org/) por mencionar algunas.
En Argentina la explotación del Trabajo Infantil es un delito. El día 20 de marzo de 2013 fue aprobado por unanimidad en el Senado de la Nación Argentina el proyecto de ley que tipifica la explotación del trabajo infantil como delito penal. El proyecto modifica el Código Penal al incorporar el artículo 148 bis por el cual se establece: “Será reprimido con prisión de 1 (uno) a 4 (cuatro) años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”.
Desde al año pasado, SIE adhiere expresamente al apoyo de la erradicación de todas las formas de trabajo y explotación infantil, adscribiendo formalmente al Principio nº 5 del Pacto Global, suscripto en Octubre de 2011. Es de nuestro interés conocer las apreciaciones que tengan con respecto a esta problemática, así como hacernos llegar sus comentarios y aportes a nuestro canal www.siesa.com.ar/dialogosie.
(Fuentes: OIT / Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación)





