
Novedades
La adenda Anexo “V” del CCT 507/07 – Acta Acuerdo 2025 dispone en su cláusula tercera el pago de una nueva suma, que tendrá las siguientes denominaciones y características:
- Para el mes de Febrero 2025 se abonará bajo la leyenda “Suma No Remunerativa – Acuerdo 2025”, siendo un concepto no remunerativo.
- Desde el mes de Marzo 2025 en adelante se abonará bajo la leyenda “Adicional Remunerativo”, siendo desde entonces un concepto remunerativo.
- El pago es proporcional en el caso de ausencias y/o licencias injustificadas.



