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Certificados Médicos – Licencia por enfermedad.

Haciendo uso una vez más de esta oportuna y útil instancia de comunicación, queremos aprovechar para reforzar los principales aspectos a tener en cuenta en la presentación de los certificados médicos para justificar las inasistencias al trabajo por enfermedad.

Si bien no es habitual en SIE, excepcionalmente se han presentado situaciones en las que, lamentablemente, no ha sido posible liquidar y abonar licencias médicas debido a que los certificados no cumplían con los requisitos mínimos de presentación, a saber:

1. Deben ser presentados en las oficinas de RRHH de la empresa por parte del mismo empleado el día anterior a su alta o reincorporación.
2. El empleado debe firmar el dorso del certificado, detallando aclaración y fecha de entrega del mismo.
3. Todos los certificados deben indicar el DNI del empleado en el cuerpo del mismo.

También recordamos que para aquellas licencias por enfermedad que superen un mes de duración resulta necesario que el trabajador se presente personalmente en las oficinas de la empresa para completar una declaración jurada informando el tratamiento médico que está recibiendo. Este trámite es necesario para recibir la acreditación de haberes en tiempo y forma.

Asimismo, aprovechamos para recordar que en caso que un médico en representación de la empresa se presente a realizar un control médico al domicilio del empleado, el mismo deberá estar presente. En caso que por cualquier razón el trabajador no se encontrara en su domicilio, no corresponderá el pago de la licencia por enfermedad.

En otro orden de cosas, es relevante señalar que el Código Penal en su art. 295 señala que se considera delito (con prisión de un mes a un año) la emisión de un certificado médico falso, concerniente a la existencia o inexistencia, presente o pasada, de alguna enfermedad o lesión.
Conjuntamente, el art. 296 del mismo código establece que la persona que hiciera uso de un documento falso o adulterado, será considerada como si fuere autor de la falsedad.

Por lo antes expuesto, SIE sólo acepta certificados médicos que cumplan con todos los requisitos de contenido y forma y únicamente del mes en curso (hasta el último día del mes).

Date: diciembre 19, 2017/Author: DO/Category: DIALOGO, RRHH

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