Como ya hemos desarrollado en números anteriores de Diálogo SIE, siempre consideramos importante sensibilizar y comunicar algunas novedades propias del ámbito legal-laboral, particularmente las vinculadas al ejercicio abusivo y mal intencionado de los procedimientos legales para obtener un rédito económico desmedido y/o a cualquier precio.
En esta oportunidad nos pareció interesante e informativo compartir un caso testigo que sienta un precedente muy importante. Se trata de una demanda iniciada en el 2013 por un ex empleado contra SIE (MORAN, JULIO ELIAS C/ SEGURIDAD INTEGRAL EMPRESARIA S.A – Causa Nº 10526/13), en la cual la empresa obtuvo sentencia favorable en este 2018, tanto en los tribunales de trabajo de primera instancia (luego el ex empleado apeló el fallo) como en los tribunales de segunda instancia (cámaras). En ambas instancias, se condenó al ex empleado de SIE a abonar las costas que generó su demanda (gastos de peritos contadores, calígrafos, honorarios de los abogados, etc.), lo que demuestra que hacer una demanda sin sustento o fundamento tiene altos riesgos, ya que se corre con el peligro real de tener que afrontar los gastos del proceso judicial, además de haber tenido que esperar un tiempo realmente grande (cuatro años). Este no es el único caso que termina desfavorable para el empleado (“actor”), es simplemente uno muy reciente que encontramos oportuno compartir como antecedente.
Nuestro caso está vinculado al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuando el año pasado en la causa “LOPEZ, ENRIQUE EDUARDO C/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ACCIDENTE” resolvió que cuando un trabajador pierde un juicio laboral por falta de pruebas o sustento, debe pagar todos los gastos ocasionados en concepto de honorarios de los abogados y los peritos que hayan intervenido. Este caso particularmente se trató de un trabajador que afirmó que en el trayecto hacia su trabajo había sufrido un accidente que lo dejó parcialmente incapacitado. Por eso, reclamó a la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley de Riesgos Del Trabajo nº 24.557. El avance de la causa derivó que nunca se lograra comprobar que el trabajador se hallara efectivamente incapacitado, como manifestaba en su demanda.
La nota periodística se encuentra en: www.infobae.com/economia/2017/07/04/un-fallo-de-la-corte-suprema-de-justicia-desalienta-el-juicio-laboral-sin-fundamentos/
Con esto solo queremos resaltar que llegar al ámbito de disputa legal puede no ser beneficioso para ningna de las partes, porque no será gratuito para el trabajador imponer acusaciones falsas o de dudosa comprobación. Como siempre, SIE proclama que cualquier diferencia que eventualmente pueda suscitarse puede resolverse dentro del espacio del dialogo y del consenso.